Canal interno de información

¿Qué es el canal interno de información?
Es el medio preferente para que las personas con una relación laboral o profesional puedan informar directamente a la entidad sobre infracciones graves o muy graves que tengan relación con la actividad propia de la entidad. Permite la presentación y posterior tramitación de comunicaciones anónimas, si así lo decide la persona informante. En caso contrario, al hacer la comunicación, el informante podrá indicar un domicilio, correo electrónico o lugar seguro a efectos de recibir las notificaciones. El canal interno de información permite garantizar la confidencialidad y la protección de datos, impidiendo el acceso de personal no autorizado. Igualmente, permite las garantías de protección al informante previstas en el Título VII de la Ley 2/2023 de 20 de febrero reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.

¿Qué tipos de informaciones o denuncias pueden remitirse?
Las informaciones que se tramiten en este canal se deben circunscribir a presuntas actuaciones que infrinjan el ordenamiento jurídico, de forma grave o muy grave, relacionadas con la actividad de la entidad, obtenidas en una relación laboral o profesional.

No se dará curso a la información recibida:
1º Cuando los hechos relatados carezcan de toda verosimilitud, la información remitida sea escasa, su descripción excesivamente genérica e inconcreta, o falten elementos de prueba que no permitan realizar una verificación razonable de la misma y una determinación mínima del tratamiento que deba darse a dichos hechos.
2º Cuando los hechos relatados no sean constitutivos de infracción del ordenamiento jurídico incluido en el ámbito material de aplicación de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, descritas en el presente canal.
3º Cuando la información carezca manifiestamente de fundamento o existan, a juicio del gestor, indicios racionales de haberse obtenido mediante la comisión de un delito. En este caso, además de la inadmisión, se remitirá con carácter inmediato la información al Ministerio Fiscal.
4º Cuando la información no contenga datos nuevos y significativos sobre infracciones en comparación con una información anterior respecto de la cual han concluido los correspondientes procedimientos, a menos que se den nuevas circunstancias de hecho o de Derecho que justifiquen un seguimiento distinto.
5º Cuando el fin sea la solicitud de información, reclamaciones, quejas o sugerencias por no ser el fin del canal de denuncias. Para este tipo de comunicaciones deberá dirigirse a la propia entidad por los canales ordinarios.

¿Cómo se usa el canal interno de información?
El canal interno de información permite realizar comunicaciones por escrito, mediante un formulario o verbalmente, mediante un archivo de voz, o de ambas formas. A solicitud del informante, también podrá presentarse mediante una reunión presencial dentro del plazo máximo de siete días. En ese caso, se advierte al informante de que la comunicación será grabada y sus datos serán tratados de acuerdo con lo que establece el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016. Las comunicaciones verbales deberán documentarse de alguna de las maneras siguientes, previo consentimiento del informante:
  1. a) mediante una grabación de la conversación en un formato seguro, duradero y accesible, o
  2. b) a través de una transcripción completa y exacta de la conversación realizada por el personal responsable de tratarla.
Sin perjuicio de los derechos que le corresponden, de acuerdo con la normativa sobre protección de datos, se ofrecerá al informante la oportunidad de comprobar, rectificar y aceptar mediante su firma la transcripción de la conversación. Por motivos de seguridad e independencia, el enlace a este canal abrirá una nueva ventana a un sistema alojado por un tercero, lo que garantiza su absoluta independencia, y si así lo desea, su anonimato. También puede utilizar el correo postal:  Carretera Sangroniz 34 – 48150 Sondika (Bizkaia) y el teléfono +34 944711600.

No condición de interesado del informante
Hay que tener en cuenta que el informante, por el hecho de informar de la existencia de una posible infracción penal o administrativa, no tiene la condición de interesado, sino de colaborador con la Administración de manera que las investigaciones llevadas a cabo se inician siempre de oficio. El informante no tiene legitimación para la interposición de recursos o reclamaciones en relación con los resultados de dichas actuaciones.

Denuncias falsas
La ley especifica en su artículo 63 que comunicar o revelar públicamente información a sabiendas de su falsedad será constitutivo de información muy grave.  

Canales externos de información
Están disponibles canales externos de información, para informar de la comisión de cualesquiera acciones u omisiones incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley 2/2023, ante la Autoridad Independiente de Protección del Informante, A.A.I., ante las autoridades u órganos autonómicos correspondientes, y, cuando proceda, a instituciones, organismos o agencias de la UE. Actualmente dichos canales externos no han sido constituidos. Se actualizará esta información cuando se informe de su creación en el BOE.

Política de protección de datos: Le informamos que los datos personales que nos facilita en este formulario serán objeto de tratamiento conforme a la normativa vigente de protección de datos. Así mismo le ofrecemos información básica sobre los datos de carácter personal que estamos recogiendo.

Responsable del tratamiento: ALBA-MACREL GROUP, S.L.

Finalidad: Gestión de las denuncias recibidas por el presente canal de denuncias.

Legitimación: Cumplimiento de una obligación legal según Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.

Destinatarios: No se cederán datos a ningún tercero salvo obligación legal.

Plazo de conservación: Los datos referentes a denuncias desestimadas se eliminarán a los siete días de haber informado al interesado de que su denuncia ha sido desestimada. Los datos referentes a denuncias estimadas se eliminarán en un plazo máximo de 3 meses.

Derechos: Sobre los datos personales que nos ha facilitado puede ejercer los derechos de acceso, rectificar, suprimir sus datos personales, solicitar la limitación de su tratamiento, oponerse al mismo, a la portabilidad de sus datos y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Puede obtener información adicional a través de nuestro responsable de protección de datos en la dirección rgpd@alba.es

Información adicional: Puede consultar información adicional y detallada sobre este tratamiento a través de nuestro responsable de protección de datos en la dirección rgpd@alba.es.